22 de octubre de 2010

Ordenanza Nº 1491/ 05 Adhesión a la Ley 9219/05

VISTO:

El avance de centros urbanos sobre espacios que conservan parte de la riqueza ecológica de las Sierras Chicas;

Y CONSIDERANDO:

QUE, es necesario conservar el paisaje, sus bellezas escénicas, preservar y proteger comunidades y especies de animales y plantas y regular el goce de la vida silvestre.-

QUE, a la fecha existen especies animales y vegetales autóctonas amenazadas de extinción.-

QUE, sin medidas precautorias de protección o preservación podrían desaparecer causando otras graves consecuencias como la erosión de los suelos.-

POR TODO ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RÍO CEBALLOS

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Art. 1.-) ADHIÉRASE la ciudad de Río Ceballos a la Ley 9219/05, de la Provincia de Córdoba, que establece: prohibir por diez (10) años el desmonte total de bosques nativos, en las parcelas públicas o privadas ubicadas en todo el ámbito de la Provincia de Córdoba.-

Art. 2.-) COMUNIQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RÍO CEBALLOS, EN SESION ORDINARIA 28va., DEL 11 DE AGOSTO DEL 2005,

CONSTANDO EN ACTA Nº 1073.-

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