9 de febrero de 2010

ORDENANZA Nº 1791/09

ELEVACIÓN PRESUPUESTO Y TARIFARIA EJERCICIO 2010

Adjuntamos para su consideración y posterior tratamiento el Presupuesto para el Ejercicio 2010 en forma conjunta con la Tarifaria para el citado Ejercicio, haciendo constar que se eleva en tiempo y forma para que ese Cuerpo deliberativo tenga el espacio de tiempo sufi-ciente para un análisis profundo del mismo.

Tal cual se desprende de planilla de datos que se adjunta no surgen demasiadas modificaciones en cuanto a lo económico, pudiéndose destacar que en el rubro de incremento de Impuestos sobre la propiedad se ha decidido solo un 10% por sobre la tasa vigente para ene-ro 2009, y un incremento mínimo para la actividad comercial, no habiendo modificaciones en otros rubros que tengan gran relevancia en el total de los recursos.
Respecto a la Coparticipación Impositiva se ha sido cauto en lo presuues-tado, toda vez que el Gobierno Provincial ha anunciado un incremento del orden del 15% en di-cho rubro; importe que no es reflejado en nuestros ingresos, ya que lo estimado que ingrese en este periodo se le ha adicionado un monto que no alcanza a los anunciado.
Tal cual es la política de esta administración se mantiene una erogación significa-tivo en los rubros de Ejecución de Obras Publicas. Parte de estos egresos han de ser solventados con los aportes de los vecinos interesados en las ejecuciones de las obras de infraestructura bá-sica de la ciudad, y como tal se han incorporado en los ingresos presupuestados.

También es de destacar que el rubro de mayor importancia como es el Gasto en Personal tiene un incremento sustancial, ya que se toman las previsiones de pleno empleo en to-das las vacantes, y que no ser cubiertas se obtendrá al final del ejercicio, un ahorro sustancial, sobre todo en lo referido al Sector de Personal de Planta Política.

Es de destacar igualmente que el cambio sustancial en la presentación de algu-nas partidas presupuestarias, tales como las referidas a los Bienes y Servicios correspondientes a Turismo, Cultura y Deportes, NO PODRAN EN FORMA SENCILLAS SER ANALIZADAS ya que desde el año en curso se han cambiado los criterios de imputación, y han sido incluidas dentro de los rubros de Funcionamiento- de allí su incremento porcentual, ya que son gastos que por su características hacen al funcionamiento del municipio dejándose en el rubro de transfe-rencias los gastos de Eventos y capacitación que hacen al Turismo en general y según nuestro entender allí se configura una transferencia.


Por ello

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RÍO CEBALLOS
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA


Art. 1º.-) ESTÍMASE en la suma de PESOS VEINTISEIS MILLONES CINCUENTA Y UN MIL CIEN CON 00/100 ($ 26.051.100,00), el monto de los recursos presu-puestados para la Municipalidad de la Ciudad de Río Ceballos, para el Ejercicio 2.010, conforme al desarrollo analítico expresado en las planillas de ingresos, anexas a esta Ordenanza, y que forman parte de la misma.
Art. 2º.-) ESTABLÉCESE en la suma de PESOS VEINTISEIS MILLONES CINCUEN-TA Y UN MIL CIEN CON 00/100 ($26.051.100,00), el monto de las erogaciones autorizadas, presupuestadas para la Municipalidad de la Ciudad de Río Ceballos, pa-ra el Ejercicio 2.010, conforme al desarrollo analítico expresado en las planillas de egresos, anexas a esta Ordenanza, y que forman parte de la misma.
Art. 3º.-) ESTABLÉCESE como fondo fijo en efectivo, según lo determinado en el Artículo 114 por la Ordenanza Nº 1.389/03, la suma de PESOS SESENTA MIL ($60.000,00), para el Ejercicio Año 2.010.
Art. 4º.-) ESTABLÉCENSE, según lo determinado en el Artículo 100 por la Ordenanza Nº 1.389/03, los siguientes montos de contrataciones:
a) Para CONTRATACIÓN DIRECTA:
ÍNDICE 1 (uno): Adquisiciones sin visación previa que no excedan la suma de pesos de CINCO MIL ($5.000,00);
ÍNDICE 2 (dos): Adquisiciones con visación de orden de compra previa que no excedan la suma de pesos de TREINTA MIL ($ 30.000,00);
b) Para CONCURSO PRIVADO DE PRECIOS: Adquisiciones que no excedan la suma de pe-sos SESENTA MIL ($60.000.-)
c) Para CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS: Adquisiciones que no excedan la suma de pe-sos NOVENTA MIL ($90.000.)
d) Para LICITACIÓN: Adquisiciones que excedan la suma de pesos NOVENTA MIL ($90.000.-)

Art. 5º.-) FÍJASE el número total de cargos públicos de la Municipalidad de Río Ceballos, personal político y planta permanente, en la cantidad de Ciento Ochenta y tres (183), y la cantidad total de agentes en Ciento Sesenta y dos (162), de acuerdo al detalle emitido en ANEXO I, que forma parte de esta Ordenanza.-
Art. 6º.-) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RÍO CEBA-LLOS, EN SESION ORDINARIA 43ra., DE FECHA 25 DE NOVIEMBRE DE 2009,
CONSTANDO EN ACTA Nº 1322-

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